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jueves, diciembre 25, 2025
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¿Dónde está el oro?. La Justicia ordenó al BCRA entregar información sobre el envío de oro al exterior

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La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal revocó un fallo de primera instancia y exigió al Banco Central que brinde detalles sobre eventuales envíos de lingotes de oro fuera del país. El tribunal consideró que la autoridad monetaria no justificó de manera suficiente la reserva total de la información y que su negativa vulneró los principios de transparencia y máxima divulgación establecidos en la Ley de Acceso a la Información Pública.

La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal revocó un fallo de primera instancia y ordenó al Banco Central de la República Argentina (BCRA) que entregue información pública vinculada al envío de lingotes de oro al exterior. El planteo había sido realizado por la Asociación Bancaria en el marco de la Ley de Acceso a la Información Pública, y la Sala V consideró que la autoridad monetaria no justificó adecuadamente su decisión de declarar la «reserva total» de los datos requeridos.

En una resolución firmada por los jueces Guillermo Treacy y Pablo Gallegos Fedriani, el tribunal sostuvo que la respuesta del Banco Central se basó en «meras afirmaciones genéricas» y que no permitió verificar si la restricción al acceso era legítima. Los magistrados afirmaron que «la forma en que la demandada respondió a los requerimientos resulta incompatible con los principios de publicidad, máxima divulgación y transparencia» que rigen el derecho de acceso a la información pública.

La causa se originó a partir de varios pedidos presentados en julio y agosto de 2024, en los que se solicitaban detalles sobre eventuales envíos de lingotes de oro al exterior, las decisiones administrativas que los autorizaron, los funcionarios intervinientes, los expedientes administrativos, la contratación de seguros y la eventual intervención de la sindicatura del BCRA. En primera instancia, el amparo había sido rechazado con el argumento de que la información podía afectar la seguridad de las reservas y el funcionamiento del sistema financiero.

Según el fallo, «la configuración de alguna de las excepciones legales a la entrega de información pública no puede depender de una apreciación unilateral del sujeto obligado«, y recalcó que es el Estado quien debe demostrar, de manera concreta, que la difusión de los datos solicitados causaría un daño a un interés legítimamente protegido. Los jueces destacaron que el BCRA no explicó por qué no podría informar sobre la existencia de las operaciones, el monto involucrado, el ámbito de decisión o la notificación a la sindicatura, entre otros puntos relevantes para el control público.

La Cámara ordenó al BCRA que entregue la información solicitada o, en su defecto, que indique «circunstanciadamente y punto por punto» por qué determinados datos no pueden ser divulgados y cómo su difusión podría poner en riesgo el sistema financiero. El fallo también subrayó que la información reclamada se vincula con «un asunto de indudable interés público», como es la administración de las reservas internacionales, e impuso las costas de ambas instancias al Banco Central.

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