El Gobierno envió a la CGT y la UIA el borrador de un proyecto que modifica aspectos centrales del régimen laboral argentino. La iniciativa establece jornadas de hasta 12 horas diarias, reduce indemnizaciones por despido, restringe el derecho a huelga en decenas de actividades consideradas esenciales y elimina la presunción de laboralidad para monotributistas que facturen servicios. El texto recupera gran parte del espíritu del DNU 70 que fue frenado por la Justicia tras reclamos de la CGT.
El Gobierno de Javier Milei comenzó a hacer circular el primer borrador de su reforma laboral entre los principales despachos de la CGT y la Unión Industrial Argentina (UIA). El anteproyecto introduce cambios profundos en el régimen de trabajo argentino, incluyendo la extensión de la jornada laboral, límites al derecho a huelga y modificaciones en el esquema de indemnizaciones por despido.
El articulado establece un límite legal de 12 horas de jornada laboral en su Artículo 198, manteniendo descansos mínimos de 12 horas entre jornada y jornada, y 35 horas de descanso semanal. Además, permite que empleadores y trabajadores acuerden voluntariamente regímenes de compensación de horas extras mediante bancos de horas, jornadas compensatorias u otras modalidades que establezca el convenio colectivo.
En materia de indemnizaciones por despido, la reforma modifica los ítems que pueden ser considerados por la justicia, excluyendo el aguinaldo, las vacaciones y las propinas de la fórmula de cálculo. El proyecto también crea un Fondo de Cese Laboral que será constituido con un aporte mensual del 3% de las empresas a sociedades de bolsa reguladas por la CNV.

Uno de los puntos más controversiales es la restricción del derecho a huelga, siguiendo la línea del DNU 70. El texto determina decenas de actividades esenciales que deberán garantizar prestación de servicios mínimos de entre el 50% y el 75%. Entre ellas se incluyen servicios sanitarios, transporte y distribución de medicamentos, suministro de agua, gas y electricidad, telecomunicaciones, aeronáutica comercial, control de tráfico aéreo y portuario, servicios aduaneros y migratorios, y educación de niveles guardería, preescolar, primario y secundario.
También se consideran de importancia trascendental actividades como la producción de medicamentos, transporte terrestre de personas y mercaderías, servicios de radio y televisión, industrias continuas como siderurgia y producción de aluminio, la cadena alimenticia completa, servicios bancarios y financieros, comercio electrónico y toda actividad vinculada a compromisos de exportación.
El proyecto incluye un cambio significativo en la presunción de laboralidad que afecta directamente a los monotributistas. El artículo 13 establece que los contratos de locación de servicios no serán presumidos como relaciones laborales cuando se emitan facturas o recibos correspondientes. Esta modificación deja a los trabajadores independientes sin posibilidad de reclamar por relaciones laborales encubiertas, excluyéndolos de los derechos contemplados en la Ley de Contrato de Trabajo y de la seguridad social.

En cuanto a las vacaciones, el texto permite su fraccionamiento en períodos no inferiores a siete días y extiende el período vacacional desde octubre hasta abril. El artículo 154 establece que cada trabajador deberá gozar de sus vacaciones durante la temporada de verano al menos una vez cada tres años cuando no se otorguen de manera simultánea a todos los empleados.
El borrador dedica un capítulo completo a los repartidores de aplicaciones, recortando sus posibilidades de reclamar por mayores derechos y garantías como trabajadores en relación de dependencia. Además, modifica aspectos de los convenios colectivos de trabajo eliminando la ultractividad de las cláusulas obligacionales en un intento de terminar con las cuotas solidarias, y promueve la descentralización de la negociación colectiva al permitir acuerdos por empresa.
Se trata del primer texto que la administración de Milei hace circular oficialmente, y los actores involucrados esperan que se abra un período de negociación antes de que el proyecto ingrese formalmente al Congreso. El articulado recupera gran parte del espíritu del mega DNU 70 con el que el Gobierno inauguró su gestión y que fue parcialmente frenado por la Justicia ante los reclamos interpuestos por la CGT.





