ARCA desmiente fake news sobre control de transferencias bancarias

El organismo aclaró que es falsa la información viral que indicaba que los contribuyentes deberían justificar transferencias superiores a $400.000 por billeteras virtuales o $250.000 por homebanking. Se actualizaron los montos mínimos que las entidades financieras deben informar al fisco.

El País 02/01/2025RedacciónRedacción
ARCA informes
ARCA controlará transferencias superiores a $400.000 en billeteras virtuales.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) salió al cruce de una noticia falsa que generó preocupación entre los usuarios de servicios bancarios y billeteras virtuales. La información errónea, que se viralizó rápidamente en redes sociales, aseguraba que los contribuyentes deberían justificar el origen de los fondos al realizar transferencias superiores a $400.000 a través de billeteras digitales o más de $250.000 mediante homebanking.

El organismo recaudador aclaró que estos montos son incorrectos y explicó que los nuevos valores que entrarán en vigencia desde el 1 de enero de 2025 corresponden únicamente a la información que las entidades financieras y las billeteras virtuales deben reportar al fisco, sin que esto implique ninguna acción por parte de los contribuyentes.

Según la actualización oficial, que responde a las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del último semestre, las entidades deberán informar operaciones que superen los $600.000 para consumos con tarjetas de débito e ingresos o egresos en billeteras virtuales. Para acreditaciones bancarias mensuales, depósitos a plazo y extracciones, el monto mínimo se establece en $1.000.000, mientras que las transferencias bancarias o virtuales superiores a $2.000.000 solo serán reportadas en el caso de las billeteras virtuales.

Esta actualización automática de los montos busca mantener los controles fiscales acordes a la realidad económica, sin imponer nuevas obligaciones a los usuarios del sistema financiero. ARCA enfatizó que estas medidas forman parte de los procedimientos habituales de control y no implican nuevas restricciones para los contribuyentes.

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