Ley Bases: Diputados incluyen cambios en Ganancias y Bienes Personales

Fue por pedido del oficialismo y de los gobernadores que quieren recuperar los fondos coparticipables.

Política26/06/2024RedacciónRedacción
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El oficialismo acuerda con Diputados "dialoguistas".

El oficialismo y los bloques de la oposición dialoguista (PRO, UCR, Coalición Cívica, Innovacion Federal) acordaron aceptar las modificaciones que los Senadores realizaron durante el tratamiento de la Ley Bases. 

Los cambios en Ganancias son: La restitución de la cuarta categoría del impuesto, rechazada en el Senado, la versión de Diputados es subirla a un mínimo imponible de $1.800.000 bruto para soltero y $2.200.000 para los casados con hijos. 

Cerca de 800.000 trabajadores volverán a pagar ganancias, con alícuotas que van desde el 5% al 35%.  Las actualizaciones del mínimo imponible se hará de forma trimestral durante este año, en septiembre, y luego de forma semestral a partir del índice de Precios al Consumidor (IPC). 

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De aprobarse de esta forma, el Estado recaudará el equivalente al 0,16% del PBI y el 0,24% será coparticipable a las provincias. 

Además el gobierno libertario buscó restituir la reforma del Impuestos a los Bienes Personales (IBP), ya que considera que de esta forma garantizará el éxito del blanqueo de capitales. 

Diputados aprobó lo siguientes cambios: El nuevo piso del tributo será de $27 millones a $100 millones.  La deducción por vivienda familiar pasará a $350 millones. Las declaraciones juradas con los patrimonios hasta fines de 2023, las tasas serán entre 0,5% y 1,50%. Entre 2024 y 2026, quedarían vigente sólo dos alícuotas, entre 1,25% y 1,50%; y desde 2027, una única tasa de 0,25%.

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El Poder Ejecutivo propone un esquema de pago anticipado del tributo por los montos que corresponden a los próximos años, hasta 2027. Se trata del Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (“Reibp”). Es optativo y voluntario, donde los contribuyentes tributarán en forma unificada aplicando una alícuota proporcional -no progresiva- del 0,45% sobre el total del patrimonio (o 0,5% para bienes que ingresen al blanqueo).

Además, estarán excluidos de toda obligación referida al Impuesto sobre los Bienes Personales o cualquier otro impuesto nacional que se aplique sobre el patrimonio y que pudiera crearse para los períodos fiscales entre 2023 y 2027. Podrán adherir las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en la Argentina, pero también las personas humanas que al 31/12/2023 no sean consideradas residentes a efectos del Impuesto sobre los Bienes Personales, pero que hubieran sido residentes con anterioridad.

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