El Gobierno aumentó los impuestos a los combustibles y la nafta subirá 1% en agosto

La medida alcanza a la nafta sin plomo, nafta virgen y gasoil con incrementos diferenciados según la región. El ajuste rige en todo el país con tratamiento especial para las provincias patagónicas.

El País 31/07/2025Redacción Minuto CórdobaRedacción Minuto Córdoba
2025 - Impuesto a combustibles
2025 - Impuesto a combustibles

Mediante el Decreto 522/2025, el Gobierno nacional dispuso una actualización parcial de los impuestos a los combustibles líquidos y al dióxido de carbono para agosto, que tendrá impacto en los surtidores y podría derivar en un incremento del 1% en el suministro. La normativa alcanza a los hechos imponibles que se perfeccionen entre el 1° y el 31 de agosto de 2025, mientras se difirió para septiembre el resto del ajuste pendiente.

En el caso de la nafta sin plomo y nafta virgen, el costo trepa a $6,954 por litro en el impuesto a los combustibles líquidos (en julio había aumentado a $6,620) y a $0,426 en el impuesto al dióxido de carbono (antes en $0,405). Para el gasoil, el tributo sube a $5,615 en el impuesto a los combustibles líquidos ($5,346 en julio), a $3,040 en el tratamiento diferencial para algunas regiones ($2,895 previamente) y a $0,640 en el impuesto al dióxido de carbono (antes en $0,609).

El ajuste rige en todo el país, aunque con una aplicación diferente para el gasoil destinado a las provincias de Neuquén, La Pampa, Río Negro, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego, el Partido de Patagones en Buenos Aires y el Departamento de Malargüe en Mendoza. Esta diferenciación regional busca mantener el tratamiento preferencial que históricamente han tenido estas zonas en materia de combustibles.

Con esta nueva actualización en los impuestos a los combustibles, se estima que el litro de nafta subiría en torno al 1% promedio en las estaciones de servicio, variando la proporción según la petrolera y zona del país. El incremento se suma a los ajustes que ya venían aplicándose durante el año como parte de la actualización trimestral de estos tributos que establece la normativa vigente.

El Ejecutivo estipuló en el decreto que el incremento total en los montos de impuesto fijados, que resulte del remanente de las actualizaciones correspondientes al primer, segundo, tercer y cuarto trimestres del 2024 y al primer trimestre calendario del año 2025, "surtirá efectos respecto de la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil para los hechos imponibles que se perfeccionen desde el 1° de septiembre de 2025, inclusive". Esto significa que en septiembre habrá un nuevo ajuste que completará la actualización pendiente de los períodos anteriores.

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