
¿Cómo funcionarán las aplicaciones de transporte tras su regulación?
La ordenanza establece un marco normativo integral que incluye desde certificados de antecedentes penales hasta seguros obligatorios, manteniendo la posibilidad de limitar la cantidad de vehículos según criterios de densidad poblacional. Las multas por incumplimiento van desde 240 hasta 2.000 unidades económicas municipales.
Córdoba 14/08/2025
Tras una acalorada sesión, el Concejo Deliberante de Córdoba aprobó definitivamente la regulación de las aplicaciones de transporte como Uber, Cabify, Didi y otras plataformas similares, estableciendo un marco normativo integral que impone estrictos requisitos para todos los actores involucrados en el servicio. La nueva ordenanza busca formalizar completamente la actividad que hasta ahora operaba en una zona gris legal.
Las empresas de servicio privado de transporte deberán constituir domicilio legal en Córdoba, contar con inscripción vigente en ARCA y la Dirección General de Rentas, además de presentar documentación societaria completa y mantener una póliza de seguro acorde a la normativa nacional. Por su parte, los propietarios de vehículos tendrán que inscribirse en el Registro Digital Municipal, presentar certificados de antecedentes penales nacionales y provinciales, y garantizar que no figuren en el registro de personas condenadas por delitos contra la integridad sexual.
Los vehículos habilitados deberán cumplir especificaciones técnicas precisas: motor mínimo de 1.000 cm3, antigüedad no superior a diez años, capacidad para hasta siete pasajeros, aire acondicionado y espacio de baúl para dos valijas medianas. Los conductores necesitarán licencia clase D1, cobertura de ART o seguro de accidentes personales, y también deberán presentar certificados de antecedentes sin causas penales pendientes.
El sistema de precios funcionará bajo una modalidad mixta que incluye un valor mínimo obligatorio nunca inferior a la tarifa del transporte público urbano y un valor dinámico informado al momento de la solicitud. Significativamente, la ordenanza mantiene la facultad de la Autoridad de Aplicación para establecer límites en la cantidad de vehículos basándose en criterios como densidad poblacional y demanda, lo que podría funcionar como un cupo encubierto.
Las infracciones tendrán consecuencias económicas severas: multas de 240 a 500 unidades económicas municipales para conductores, de 500 a 1.000 para propietarios de vehículos, y de 1.000 a 2.000 para empresas. Además, la normativa contempla inhabilitaciones que pueden extenderse desde dos años hasta la prohibición definitiva para prestar el servicio, mientras que los vehículos de "Autos de Alquiler con Chofer" ya habilitados podrán incorporarse automáticamente al nuevo sistema de plataformas electrónicas.


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